El Registro de Alias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) establece un nuevo sistema para verificar los nombres o marcas que aparecen como remitentes en los mensajes SMS, MMS y RCS enviados a números españoles.
La medida busca reforzar la seguridad de las comunicaciones y dificultar la suplantación de empresas y entidades legítimas mediante técnicas como el smishing.
Aunque el proceso comenzó a desarrollarse meses atrás, la fecha que las empresas deben tener ahora marcada en el calendario es el 15 de septiembre de 2026. Desde ese momento serán aplicables las obligaciones de bloqueo previstas para los mensajes que no cumplan los requisitos establecidos.
Por eso, si tu empresa utiliza SMS con un remitente alfanumérico, este es el momento de comprobar que el alias está correctamente registrado y que el proveedor utilizado está habilitado.
¿Qué es un alias SMS?
Un alias es el nombre que aparece como remitente de un SMS en lugar de un número de teléfono.
Por ejemplo, cuando una persona recibe un mensaje y en la parte superior aparece el nombre de una empresa, una marca o un servicio en lugar de un número, ese identificador es el alias o Sender ID.
Puede utilizarse en comunicaciones de:
- Empresas y marcas.
- Entidades financieras.
- Compañías aseguradoras.
- Empresas de transporte y logística.
- Operadores y compañías de telecomunicaciones.
- Administraciones públicas.
- Servicios que envían notificaciones automáticas.
El nuevo Registro de Alias permite comprobar qué identificadores pueden utilizarse, quién es su titular y qué proveedores están autorizados para enviarlos.
¿Por qué se ha creado el Registro de Alias?
Uno de los principales objetivos de la medida es combatir las estafas basadas en la suplantación de identidad.
En este tipo de fraude, los delincuentes pueden utilizar como remitente el nombre de una empresa conocida para hacer que un SMS parezca legítimo. El usuario puede recibir así un mensaje que aparenta proceder de su banco, una compañía de transporte, una aseguradora o cualquier otra organización.
El Registro de Alias introduce un sistema de verificación que vincula el identificador utilizado en el mensaje con su titular legítimo.
La medida se enmarca en la Orden TDF/149/2025, que establece diferentes actuaciones para combatir las estafas mediante llamadas y mensajes fraudulentos.
¿Qué cambia a partir del 15 de septiembre de 2026?
Esta es la fecha que las empresas que utilizan alias SMS deben tener especialmente presente.
A partir del 15 de septiembre de 2026, los proveedores de mensajería deberán aplicar las obligaciones de bloqueo previstas por la regulación. Entre otros supuestos, deberán bloquear los mensajes cuando:
- El alias utilizado no esté inscrito en el Registro.
- El mensaje proceda de un proveedor que no esté registrado.
- El proveedor no esté habilitado para utilizar ese alias.
- El mensaje corresponda a una empresa extranjera no inscrita en España, salvo las excepciones previstas para usuarios en itinerancia.
En la práctica, esto significa que una empresa puede seguir generando sus campañas, notificaciones o comunicaciones, pero el mensaje podría no llegar al destinatario si el alias o el proveedor no cumplen los requisitos.
Por eso, septiembre no debería ser el momento de empezar a revisar este proceso, sino de comprobar que ya está correctamente resuelto.
¿Tu empresa utiliza un alias SMS? Comprueba estos puntos
Si utilizas SMS para comunicarte con clientes, dedica unos minutos a revisar estos cuatro puntos antes del 15 de septiembre.
1. Haz un inventario de los alias que utilizas
Revisa todos los remitentes alfanuméricos empleados por tu empresa.
No te limites al alias principal de la compañía. Puede haber diferentes identificadores asociados a marcas, servicios, departamentos o líneas de negocio.
2. Comprueba que los alias están registrados
El alias debe estar inscrito en el Registro de Alias de la CNMC antes de poder utilizarse.
La CNMC establece que los alias deben estar vinculados con elementos que permitan acreditar su relación con el titular, como una marca, nombre comercial, denominación social o dominio, además de cumplir las reglas técnicas y de formato correspondientes.
3. Revisa quién envía tus SMS
Registrar el alias no es el único paso, también es importante comprobar que el proveedor de mensajería que utiliza tu empresa está registrado y que cuenta con la habilitación necesaria para utilizar el alias.
La normativa contempla expresamente el bloqueo de mensajes que procedan de proveedores no registrados o que no estén habilitados por el titular del alias.
4. Comprueba tus comunicaciones antes del 15 de septiembre
Si el SMS forma parte de procesos importantes para tu negocio —como códigos de verificación, confirmaciones, avisos, recordatorios o notificaciones automáticas—, conviene comprobar con antelación que todo el circuito está preparado.
El objetivo es evitar que un cambio regulatorio termine provocando interrupciones en comunicaciones que tus clientes esperan recibir.
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¿Qué empresas deben prestar atención a esta regulación?
La regulación afecta especialmente a las organizaciones que utilizan identificadores alfanuméricos como remitentes de SMS, MMS o RCS enviados a números españoles.
Por ejemplo:
- Empresas que envían notificaciones automáticas.
- Bancos y otras entidades financieras.
- Compañías aseguradoras.
- Empresas de logística y transporte.
- Empresas de telecomunicaciones.
- Plataformas y servicios digitales.
- Empresas que utilizan SMS para campañas comerciales.
- Administraciones públicas.
También intervienen los proveedores de servicios de mensajería que envían comunicaciones en nombre de los titulares de los alias.
¿Qué pasa si todavía no has registrado tu alias?
Si tu empresa todavía utiliza un alias que no está correctamente registrado, no conviene esperar al 15 de septiembre para solucionarlo.
A partir de esa fecha, los mensajes que incumplan las condiciones establecidas estarán sujetos a bloqueo. Esto puede afectar tanto a campañas comerciales como a comunicaciones transaccionales, notificaciones automáticas o mensajes que formen parte de procesos de atención al cliente.
La prioridad ahora debería ser comprobar:
Alias registrado → titularidad correctamente acreditada → proveedor registrado → proveedor habilitado para utilizar el alias.
Si alguno de estos puntos no está resuelto, es recomendable gestionarlo cuanto antes.
El 15 de septiembre no cambia la importancia del SMS
El objetivo de esta regulación no es eliminar el SMS como canal de comunicación empresarial, sino reforzar la seguridad y la identificación de los remitentes.
El SMS continúa siendo útil para comunicaciones en las que la rapidez y la capacidad de llegar directamente al teléfono del usuario son importantes, como:
- Códigos de verificación.
- Confirmaciones.
- Recordatorios.
- Avisos operativos.
- Notificaciones de servicios.
- Comunicaciones urgentes.
La clave a partir de ahora será garantizar que estas comunicaciones se realizan utilizando remitentes correctamente registrados y autorizados.
¿Qué debes hacer antes del 15 de septiembre?
Si tu empresa utiliza SMS con alias, esta puede ser una buena última revisión:
- Identificar todos los alias utilizados por la empresa.
- Comprobar que están registrados en la CNMC.
- Verificar la vinculación del alias con la empresa o marca.
- Revisar el proveedor utilizado para enviar los mensajes.
- Confirmar que el proveedor está registrado y habilitado para utilizar el alias.
- Revisar las comunicaciones SMS críticas para el negocio.
- Realizar las comprobaciones necesarias antes del 15 de septiembre.
La CNMC dispone de información específica sobre el Registro de Alias y permite consultar los alias registrados y su titular.
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Para las empresas que utilizan el SMS como parte de sus comunicaciones con clientes, adaptarse a la nueva regulación es también una oportunidad para revisar cómo están gestionando sus comunicaciones.
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Si utilizas SMS como canal habitual para comunicarte con tus clientes, no esperes al 15 de septiembre para comprobar que todo está preparado.
Preguntas frecuentes sobre el Registro de Alias SMS
¿Qué es un alias en un SMS?
Es el identificador alfanumérico que aparece como remitente del mensaje en lugar de un número de teléfono.
¿Qué es el Registro de Alias de la CNMC?
Es el registro que permite verificar los nombres o marcas utilizados como remitentes en mensajes SMS, MMS y RCS enviados a números españoles y asociarlos con sus titulares legítimos.
¿Cuándo entra en vigor el bloqueo de los alias no registrados?
Las obligaciones de bloqueo serán aplicables a partir del 15 de septiembre de 2026.
¿Qué ocurre si utilizo un alias que no está registrado?
Los mensajes que utilicen alias no inscritos estarán sujetos a bloqueo y podrían no llegar al destinatario. También pueden bloquearse mensajes enviados desde proveedores no registrados o sin la habilitación correspondiente.
¿La regulación afecta solo a los SMS?
No. El Registro contempla los identificadores utilizados como remitentes en SMS, MMS y RCS enviados a números españoles.
¿Quién puede registrar un alias?
Pueden registrar alias sus titulares, como empresas y administraciones públicas, así como determinadas entidades o proveedores de mensajería que actúen en nombre de dichos titulares.
¿Dónde puedo comprobar un alias registrado?
La CNMC dispone de un portal público desde el que se pueden consultar los alias registrados y su titular.
Recuerda: el 15 de septiembre es la fecha clave
La regulación del Registro de Alias ya no es un cambio para el futuro. El 15 de septiembre de 2026 comienza la aplicación de las obligaciones de bloqueo, por lo que las empresas que utilizan remitentes alfanuméricos deben comprobar ahora que sus alias y proveedores cumplen los requisitos.
Si todavía no has revisado tus SMS empresariales, este es el momento de hacerlo.

