CAMBIO A LA VISTA en transferencias y domiciliaciones : normativa SEPA y uso del IBAN (ACTUALIZADO)

Desde la introducción del euro el 1 de enero de 2002 es posible realizar dentro de la eurozona pagos en efectivo en una divisa común con la misma comodidad y sencillez con la que se efectuaban anteriormente dichas transacciones en las respectivas monedas nacionales.

Pero para que la introducción del euro como moneda única fuese completa, era preciso que particulares y empresas pudiesen efectuar también sus pagos en toda la zona del euro mediante un único conjunto de instrumentos de pago, de modo que todas las operaciones (nacionales e internacionales) presentasen las mismas condiciones de facilidad, eficiencia y seguridad. Con este propósito se ideó el proyecto de creación de una Zona Única de Pagos en Euros o Single Euro Payments Area (SEPA).

La SEPA inició su andadura en enero de 2008 y abarca todos los países miembros de la UE, así como Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza.

El objetivo de SEPA no es únicamente mejorar los procesos en la realización de pagos en euros entre los distintos países, sino también desarrollar instrumentos, estándares, procedimientos e infraestructuras comunes. Tres son los instrumentos que entran dentro de su perímetro más inmediato: las transferencias, los adeudos domiciliados y las tarjetas de pago.

El 1 de febrero de 2014 era el plazo máximo en el que España debía adaptar la normativa de cobros y pagos a las exigencias del Reglamento Europeo 260/2012. Por lo tanto, a partir de este momento, los instrumentos de pago nacionales (tanto transferencias como adeudos), serían reemplazados en su totalidad por los nuevos esquemas SEPA, introduciendo el código IBAN en su datos bancarios.

Su propio IBAN debe estar apareciendo desde hace años en los extractos, aplicaciones de banca online, talonarios, etc. y siempre puede solicitarlo en su entidad financiera, que se lo entregarán automáticamente.

Para conocer el IBAN de sus clientes y proveedores el Reglamento 260/2012 permite a las entidades ofrecer servicios de conversión gratuitos hasta 2016. Con ello antes de realizar la transferencia (no en el proceso de envío del dinero) podemos encontrarnos con herramientas en la que se nos incluye los nuevos dígitos que complementen el antiguo código de cuenta (CCC).

Ante el bajo porcentaje de migraciones a SEPA, la Unión Europea se ha visto obligada a retrasar la implantación seis meses. En diciembre de 2013, sólo el 41% de las domiciliaciones y el y el 73% de las transferencias bancarias se habían adaptado al sistema. En nuestro país, en el caso de las domciliaciones sólo el 1,8% de ellas se realizó conforme al nuevo sistema, mientras que el volumen de transacciones de crédito con SEPA alcanzaba el 65%. Por tanto, la nueva fecha límite se traslada ahora al 1 de agosto de 2014.

Puede consultar el reglamento aquí. Si necesita más información, le recomendamos dirigirse a su entidad bancaria.

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